Las Responsabilidades Legales de los Patrocinadores para peticiones de Inmigración hacia los EE.UU.

Las Responsabilidades Legales de los Patrocinadores para peticiones de Inmigración hacia los EE. UU.

 

El alcance de las nuevas disposiciones Migratorias de los EE.UU., en torno a las Cargas Públicas y las Responsabilidades Legales y económicas de los Patrocinadores y Copatrocinadores.

Mediante comunicación del pasado viernes 27 de septiembre, la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) publicó el documento denominado “Responsabilidades Legales de los Patrocinadores de Extranjeros”. El indicado documento revela su decisión de recuperar todos los recursos económicos recibido por los inmigrantes, tales como; Beneficios Públicos Federales, Estatales, locales o provenientes de agencias como Medicaid, Seguridad de Ingreso Suplementario, Asistencia Temporal para familias necesitadas y el Programa Estatal de Seguro de Salud Infantil.

Las autoridades migratorias de los EE. UU., han divulgado las nuevas exigencias y responsabilidades que tienen los Patrocinadores, resaltando que se les exigirá hasta el último dólar utilizado por los referidos patrocinados.

Y como medida represiva han informado además que los inmigrantes patrocinados “pueden no ser elegibles para ciertos beneficios públicos”, y en caso de recibirlos, lo tendrán en consideración durante el proceso de adjudicación del beneficio migratorio, esto significa que estaría en peligro su cambio de estatus y que no bastaría que el patrocinador haya pagado sus consumos.

El instructivo se basa en el memorando presidencial del 23 de mayo, donde el presidente Donald Trump exige que cuando un extranjero reciba ciertas formas de beneficios públicos, se debe solicitar el reembolso por parte del patrocinador.

Los patrocinadores financieros que se comprometen a apoyar financieramente al extranjero patrocinado, en caso de que el extranjero solicite o reciba beneficios públicos, deberán cumplir con su compromiso de conformidad con la ley.

En cuanto a la declaración jurada.

La Ley de inmigración y Nacionalidad (INA) exige que el patrocinador de un extranjero firme una Declaración Jurada de Apoyo (Affidavit of Support), donde se compromete a otorgar respaldo financiero para el inmigrante patrocinado (solicitantes de una visa o la residencia legal permanente).

Al enviar esta declaración jurada o un contrato entre el patrocinador y el patrocinado, el patrocinador acepta usar sus recursos para apoyar a los inmigrantes nombrados en las formas correspondientes, de igual manera la indicada forma contempla que el patrocinador se responsabiliza de reembolsar el costo de cualquier servicio público con recursos del gobierno mientras su obligación está vigente, indica la norma.

Sanciones en caso de que el Patrocinador se rehusare a reembolsar lo beneficios utilizados por su patrocinado.

Si no reembolsa a la agencia que otorgó la asistencia, la agencia puede obtener una orden judicial de reembolso, advierte la nueva regla. En ese sentido, el director interino de la USCIS, Ken Cuccinelli, había advertido que sus agentes deberán recordarles a los inmigrantes que, si llegan a recibir algún beneficio público, sus patrocinadores deberán devolver el monto total recibido.

El indicado Director Sr. Cuccinelli preciso que el memorando presidencial de mayo 23, firmado por el Pte. Trump indica que, las agencias federales relevantes que actualicen o emitan procedimientos, guías y regulaciones, lo deben hacer cumplir la ley vigente y garantizar además que los inmigrantes no elegibles no reciban beneficios federales.

EN TORNO AL TIEMPO QUE SE TOMA LA RESPONSABILIDAD DEL PATROCINADOR.

La ley indica que, el patrocinador, sea un residente legal permanente o un ciudadano, que respalda una solicitud de residencia de un extranjero, es responsable durante un periodo de 10 años, pero como es sabido que el residente permanente se convierte en ciudadano en un plazo de 3 a 5 años, dependiente quien fuere su peticionario, pues en caso de un cónyuge ciudadano, su beneficiario se convertiría en ciudadano a los 3 años de haber recibido su Green Card, y cuanto a otras personas que fueron pedidas por sus parientes necesitaran 5 años para convertirse en ciudadano, y si deciden no aplicar para la ciudadanía, ya sea por falta de interés, descuido, asuntos penales, o porque reprueben el examen, entonces la responsabilidad del garante o patrocinador será por un periodo único de 10 años de acuerdo a la ley vigente.

Recomendamos a los posibles patrocinadores y patrocinados, establecer un vínculo de confianza, donde prime la responsabilidad y honestidad, pues no habrá aprobación de residencias y visas sin patrocinador, en este sentido estas nuevas disposiciones están conminando a las familias y relacionados a la unidad y respeto al apoyo recibido para finalmente convertirse en un residente de los EE.UU.

Dra. Carmen Herrera

Experta en Derecho de Familia y Migratorio

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